Un juez sustituto de Lugo logra que el TS le reconozca sus derechos laborales

Sentencia que el TSXG vulneró la ley al apartarlo de su puesto

Un juez sustituto de Lugo acabada de obtener una sentencia pionera en el Tribunal Supremo (TS) en el reconocimiento de los derechos laborales de este colectivo, uno de los más castigados por los recortes aplicados en la administración de Justicia. Así, el Supremo ha sentenciado que la sala de gobierno del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) incumplió la ley al apartarlo del puesto que ocupaba en ese momento, en un juzgado de Sarria, y sustituirlo por un juez no titular, de adscripción territorial.

Los jueces sustitutos forman un cuerpo de expertos en derecho que, sin haber obtenido la plaza de juez a través de oposiciones, sustituyen de forma temporal al juez titular de un juzgado en ausencia de este. Cobran solo por los días que trabajan y están sometidos a un régimen muy estricto de incompatibilidades. Eran el recurso más usado por la administración de Justicia hasta que llegaron los recortes y hubo que buscar una salida para varias promociones de jueces que se han visto con la oposición aprobada pero sin nuevos juzgados que ocupar. El juez demandante fue designado para cubrir una plaza en

Sarria mientras estaba vacante, ya que carecía de titular. Sin embargo, pasados unos meses, la sala de gobierno del TSXG recibió a varios jueces de adscripción territorial (conocidos como JAT) de una nueva promoción, y decidió enviar a uno de ellos a cubrir la plaza de Sarria y cesar al sustituto.

Este, que estuvo defendido en el proceso por el abogado lucense Rafael Rossi, recurrió ante el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) la decisión del TSXG, al considerar que su nombramiento había sido hasta que su cubriera la plaza de Sarria por un titular, no por temporalmente por otro juez. En sus alegatos, el letrado argumentó que esta decisión atentaba contra la garantía de inamovilidad temporal de los jueces sustitutos y que incluso podría suponer la vulneración del derecho de los ciudadanos al juez predeterminado por la ley. El CGPJ también rechazó la petición del juez sustituto, que recurrió a la sala contencioso administrativa del Supremo.

Fallo

Ahora, esta sala da la razón en su demanda al juez sustituto, ya que entiende que, efectivamente, no fue nombrado por un periodo concreto, sino hasta que el juzgado fuera ocupado por un juez titular, cosa que no ha sucedido hasta hace unos meses.

Por ello, considera que su cese se produjo de manera irregular y condena a la adminsitración a pagar al demandante todas las cantidades que hubiera tenido que percibir si hubiera seguido en su puesto hasta que se nombró juez titular, así como los intereses correspondientes y el cómputo de todo ese periodo a efectos de antigüedad y vacaciones.

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