Lugonovo sospecha que los radares no aplican el margen de error estipulado

Este grupo preguntará al equipo de gobierno de qué forma se está realizando actualmente este cálculo para ver si se cumple la Ley
Uno de los puntos con radar
photo_camera Uno de los puntos con radar

El grupo municipal de Lugonovo sospecha que el Concello no está aplicando correctamente el margen de error, estipulado por ley, en los radares ubicados en Lugo capital. Por este motivo, Lugonovo preguntará al equipo de gobierno cuál es el procedimiento con el que se está calculando este margen obligatorio, lo que iría en contra de los conductores.

Según este grupo político, la Orden ITC 3123/2010 de 26 de noviembre regula el control metrológico de los instrumentos destinados a medir la velocidad de los vehículos a motor y establece un error tolerado en estos dispositivos de 7 kilómetros por hora para velocidades inferiores a 100 kilómetros hora o del 7 por ciento si la velocidad es igual o superior.


Santiago Fernández Rocha insiste en que no debe primar nunca el afán recaudatorio


"Non obstante, parece ser que esta marxe non ten aplicación a partir do segundo tramo das sancións", asegura el portavoz municipal de Lugonovo, Santiago Fernández Rocha.

SANCIONES. El concejal refleja, en este sentido, que Automovilistas Europeos Asociados detectó que, por esta circunstancia, se impusieron, desde 2010, más de 300.000 multas en toda España con importes y detracción de puntos superiores a los establecidos en la Ley de Seguridad Vial.

"Este proceder de Tráfico conta, actualmente, con máis dun cento de sentenzas en contra aínda que logo depende do criterio do xuíz determinar se anula por completo a sanción ou lle rebaixa unicamente o exceso. En calquera caso, consultaremos cal é a fórmula coa que se está operando en Lugo, se tralo primeiro tramo de infracción se aplica manualmente esa marxe de erro do 7 por cento, porque do contrario instaremos ao goberno a que faga cumprir a normativa con seriedade no municipio", afirma el portavoz de Lugonovo.

Santiago Fernández Rocha insiste, por otra parte, en que no debe primar nunca el afán recaudatorio. "Nas administracións públicas nunca debe primar o afán recaudatorio en detrimento dos dereitos dos cidadáns", concluye. Lugonovo recuerda que la multas por circular por autovía a 160 kilómetros por hora puede ser de 300 euros y la retirada de dos puntos del carné.

Sin embargo, en caso de que se llegase a aplicar finalmente el margen de error, estipulado por Ley, del 7 por ciento, la penalización por circular sería de 100 euros, dado que la velocidad que figuraría en la imagen del cinemómetro sería de 148 kilómetros por hora y no de 160.

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