El Supremo ratifica la paternidad de Navarro

No admite la demanda interpuesta por la hija del presentador al entender que no tiene "legitimación" para pedir que se revise una sentencia firme
Pepe Navarro atiende a un reportero
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El Tribunal Supremo ha inadmitido a trámite la demanda interpuesta por Andrea Navarro Zaldívar, hija del presentador de televisión Pepe Navarro, contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid de febrero de 2012 en la que declaró a este personaje público padre biológico del hijo de Ivonne Reyes. La sala primera de lo Civil del alto tribunal rechaza revisar una resolución que ya es firme al entender que Andrea no tiene "legitimación" para hacer esta solicitud "por no haber sido parte en el proceso de origen —ya que era menor de edad en ese momento— y no ser tampoco heredera o causahabiente de quienes lo fueron".

En un auto con fecha del pasado 22 de marzo y que se ha dado a conocer este jueves, el Supremo analiza otros precedentes jurisprudenciales sobre la revisión de una sentencia firme de paternidad por la obtención de una prueba biológica posterior y considera que dicha demanda no debe ser admitida porque "no es posible crear" una prueba "para remediar la voluntaria inactividad y falta de colaboración precisamente de la parte a quien dicha sentencia firme le fue desfavorable".

NO SE JUSTIFICA. Es más, recuerda que fue el propio Pepe Navarro quien se negó en su momento a realizarse la prueba de paternidad. Asimismo, el alto tribunal indica que en el escrito de la hija del presentador no se precisa ni identifica "ningún motivo o causa de revisión de los taxativamente" establecido en la Ley de Enjuciamiento Civil.

Además, subraya que las demandas de revisión deben presentarse en un determinado plazo —cinco años desde la fecha de publicación de la sentencia y de tres meses desde que se descubriesen los documentos nuevos—, por lo que asegura que no entiende la "discrecionalidad y falta de precisión" a la hora de interponer la demanda tres años después de cumplir la mayoría de edad. En este sentido, el Tribunal Supremo considera se ha presentado fuera de plazo.

Navarro Zaldívar destacó en su demanda el perjuicio ocasionado por haberse enterado por los medios de comunicación de que supuestamente tenía un hermano no reconocido por su padre. Además, aportó una prueba genética tomada por un detective privado de un tenedor que había utilizado el menor, sobre lo que el Supremo no se ha pronunciado. Sin embargo, Ivonne Reyes demandó al presentador y a su hija ante la Fiscalía del Menor por entender que los derechos de su hijo habían sido vulnerados.

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