La ley respalda el plan del PP y Martínez para reformar Suplusa

Una sentencia ve lícitos los cambios forzados por los populares y el exdiputado no adscrito para restar poder al presidente y gestionar residencias

Una sentencia judicial reconoce la validez de los cambios en el reglamento de la Sociedade Urbanística Provincial (Suplusa) que limitan el poder del presidente, en favor del consejo de administración, y que amplían las competencias del ente para que pueda prestar servicios sociales y, por lo tanto, gestionar la red de residencias de la Diputación. Estas modificaciones fueron aprobadas el 30 de septiembre del año pasado en la junta general de Suplusa, con los votos a favor de los representantes del PP y del entonces diputado no adscrito, Manuel Martínez, hoy diputado socialista y vicepresidente de la Diputación.

El acuerdo para modificar los estatutos quedó entonces en el aire, pues el PSOE presentó una demanda para anularlo. La sentencia que ahora se hace pública, del juzgado de primera instancia número 2 de Lugo, desestima la demanda y no advierte irregularidades ni en la convocatoria de la junta general de Suplusa del 30 de septiembre de 2016 ni en las decisiones que se tomaron en el transcurso de la misma.

La demanda había sido firmada por Darío Campos, presidente de la Diputación y de Suplusa, y por los diputados socialistas Pilar García Porto y Lino Rodríguez Ónega. La jueza la desestima, pero en su sentencia no impone costas a ninguna de las partes.

Los acuerdos en cuestión limitan el poder del presidente y derivan algunas de sus competencias al consejo de administración. Además, establecen que este órgano estará integrado por nueve miembros designados por el pleno de la Diputación y que su composición no tendrá que ser proporcional al peso de los grupos en la cámara. Es decir, quien sume mayoría en el pleno podrá imponer la designación de los diputados que desee para formar parte del consejo de administración de Suplusa.

En la misma sesión se aprobó también una modificación de las competencias de Suplusa para habilitar al ente para prestar servicios sociales. Este requisito, así como su inscripción en el registro de entidades prestadoras de servicios sociales, es una condición de la Xunta para concertar plazas en la red de residencias que está construyendo la Diputación.

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