Antonio Gato Soengas es absuelto de una agresión a una vecina cuando era alcalde de Monterroso

La mujer reclamaba más de 31.000 euros de indemnización, pero al final será ella la que deba abonar las costas judiciales

El juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Chantada dictó la absolución sin cargos del exalcalde de Monterroso Antonio Edelmiro Gato Soengas, a raíz de la denuncia por agresión que contra él había interpuesto Sonia Porto Lamela, vecina de este mismo municipio.

El incidente ocurrió el 8 de mayo de 2012, cuando la denunciante se presentó en el despacho del entonces alcalde para tratar temas relativos a las tasas de basura y a unas obras de alcantarillado en la parroquia de San Miguel de Penas.

Según la versión de la mujer, en un momento de la discusión, Gato Soengas se levantó muy alterado de su silla y agarró a la mujer con fuerza de un brazo para sacarla de su despacho, provocándole supuestas lesiones en esa extremidad.

Antonio Gato, por su parte, siempre defendió su inocencia y mantuvo que aquel día, después de que la mujer, notablemente alterada, irrumpiera sin cita previa en su despacho, él se había limitado a abandonar la estancia para dirigirse al salón de plenos, mientras que la denunciante le seguía detrás gritándole e increpándole.

Según recoge la sentencia, el relato de Sonia Porto presenta varias contradicciones, tanto en las horas en las que se produjeron los hechos, como en detalles de los mismos, ya que mientras que la denunciante aseguró que en el forcejeo Antonio Gato la había cogido del brazo derecho, los partes médicos aportados sobre las supuestas lesiones hacían referencia al izquierdo.

El relato del denunciado fue también corroborado por varios testigos que, además de ver como la mujer lo insultaba y le gritaba, no observaron ningún tipo de forcejeo entre ambos, a no ser cuando Gato intentó regresar de nuevo a su despacho, yendo Sonia Porto detrás para intentar evitar que cerrase la puerta.

La Audiencia Provincial ya dictó el 10 de diciembre de 2015 el sobreseimiento de esta causa por el procedimiento penal, pero posteriormente la denunciante presentó una demanda por lo civil. En ella, reclamaba a Antonio Soengas la cantidad de 31.011,56 euros, en concepto de gastos médicos, secuelas físicas y días impeditivos.

La sentencia absolutoria dictada por el juzgado de Chantada, que ya es firme, no solo evita que Antonio Gato tenga que abonar indemnización alguna, sino que condena a la demandante, Sonia Porto Lamela, a satisfacer las costas procesales.

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